LA EMPRESA
QUE ES:
Una empresa es una organización o institución dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales para satisfacer las necesidades de bienes o servicios de los solicitantes, a la par de asegurar la continuidad de la estructura productivo-comercial así como sus necesarias inversiones.
QUE ES EMPRESARIO:
Un empresario es aquella persona que, de forma individual o colectiva, fija los objetivos y toma las decisiones estratégicas acerca de las metas, los medios, la administración y el control de las empresas, y asume la responsabilidad tanto comercial como legal frente a terceros. El empresario es la persona física o jurídica, que con capacidad legal y de un modo profesional combina capital y trabajo con el objetivo de producir bienes y/o servicios para ofertarlos en el mercado, a fin de obtener beneficios.
QUE ES EMPLEADOR:
Empleador es, en un contrato de trabajo, la parte que provee pago de una remuneración o salario. La otra parte del contrato se denomina «trabajador» o empleado.
QUE ES UN TRABAJADOR:
Trabajador es la persona física que con la edad legal mínima presta servicios retribuidos subordinados a otra persona, a una empresa o institución. Si su edad es menor a legal establecida, puede ser considerado trabajo infantil y puede ser ilegal a menos que tenga, en ciertos casos, permiso de sus padres o tutores. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se considera esclavitud o servidumbre.1
QUE ES OBRERO:
Se llama “obrero”, a la persona que presta ciertos servicios a cambio de una retribución económica. Es así se les denomina a las personas que laboran en fábricas o los sectores encargados de la producción de los objetos que comercializa la empresa. Los trabajadores, generalmente, deben tener la mayoría de edad para llevar a cabo tales actividades (de lo contrario, sería considerado explotación infantil), además de contar con una serie de beneficios y unas óptimas condiciones de trabajo. La palabra surge a partir del vocablo latino “operarius”, del que también se origina “operario”, y que posteriormente fue transformado en “obrariu”, seguidamente en “obrairu”, para convertirse, finalmente, en “obrero”.
QUE ES OPERARIO:
Persona que tiene un oficio de tipo manual o que requiere esfuerzo físico, en especial si maneja una máquina en una fábrica o taller.
QUE ES INSUMO:
El insumo es todo aquello disponible para el uso y el desarrollo de la vida humana, desde lo que encontramos en la naturaleza, hasta lo que creamos nosotros mismos, es decir, la materia prima de una cosa. En general los insumos pierden sus propiedades y características para transformarse y formar parte del producto final.
Para el caso de servicios de salud a los recursos de entrada al proceso cuyo flujo de salida es el servicio entregado. Es el material inicial (materia prima, subproducto) que se incorpora al proceso para satisfacer necesidades como comer, correr y hacer necesidades. A veces se distingue entre insumos y bienes de consumo, siendo los primeros bienes intermedios usados para la producción de un bien cuyo destino último es ser directamente usado sin ser transformado (bien de consumo).
QUE SON ACTIVOS:
Activo es un sistema construido con bienes y servicios, con capacidades funcionales y operativas que se mantienen durante el desarrollo de cada actividad socio-económica específica.1 Los activos de las empresas varían de acuerdo con la naturaleza de la actividad desarrollada.2
CLASES DE ACTIVOS:
- Renta fija: Inversiones que proporcionan intereses a lo largo del tiempo, y que después retornan el capital invertido. Los bonos son el ejemplo más común de activo de renta fija.
- Mercado monetario: efectivo y sus equivalentes, muy líquido pero sin mucha opción de crecimiento. Las divisas se incluyen en esta clase.
QUE SON OBLIGACIONES LABORALES:
Comprende el valor de los pasivos a cargo del ente económico y a favor de los trabajadores, ex trabajadores o beneficiarios, originados en virtud de normas legales, convenciones de trabajo o pactos colectivos, tales como: salarios por pagar, cesantías consolidadas, primas de servicios, prestaciones extra legales e indemnizaciones laborales.
REGLAMENTOS DE TRABAJO:
El reglamento de trabajo debe ser entendido como el conjunto de normas que establecen las condiciones a las cuales están sujetas tanto el empleador como sus trabajadores en la prestación del servicio.
“todo reglamento interno de trabajo debe contener, obligatoriamente, los 19 puntos establecidos en el artículo 108 del Código Sustantivo del Trabajo”
Lo primero que se debe decir es que todo reglamento interno de trabajo debe contener, obligatoriamente, los 19 puntos establecidos en el artículo 108 del Código Sustantivo del Trabajo, y que a continuación listamos:
- Indicación del empleador y del establecimiento o lugares de trabajo comprendidos por el reglamento.
- Condiciones de admisión, aprendizaje y período de prueba.
- Trabajadores accidentales o transitorios.
- Horas de entrada y salida de los trabajadores. Las horas en que comienza y termina cada turno si el trabajo se efectúa por equipos, así como el tiempo destinado para las comidas y períodos de descanso durante la jornada.
- Horas extras y trabajo nocturno: autorización, reconocimiento y pago.
- Días de descanso legalmente obligatorio; horas o días de descanso convencional o adicional; vacaciones remuneradas; permisos. Así como lo relativo al desempeño de comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.
- Salario mínimo legal o convencional.
- Lugar, día, hora de pagos y período que los regula.
- Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que sean suministrados por el empleador.
- Prescripciones de orden y seguridad.
- Indicaciones para evitar riesgos profesionales así como las instrucciones para prestar los primeros auxilios en caso de accidente.
- Orden jerárquico de los representantes del empleador: jefes de sección, líderes, jefes de área, etc.
- Especificaciones de las labores que no deben ejecutar las mujeres y los menores de edad.
- Normas especiales que se deben guardar en las diversas clases de labores, según la edad y sexo de los trabajadores, con el objetivo de cumplir con reglas de higiene, regularidad y seguridad en el trabajo.
- Obligaciones y prohibiciones especiales tanto para el empleador como para los trabajadores.
- Escala de faltas y procedimientos para su comprobación; escala de sanciones disciplinarias y forma de aplicación de ellas.
- Dejar claro la persona(s) ante quien(es) se deben presentar los reclamos por parte del personal y tramitación de los mismos, expresando que el trabajador o los trabajadores pueden asesorarse del sindicato respectivo.
- Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias, en caso que existan.
- Publicación y vigencia del reglamento.
HORAS EXTRAS:
- Hora diurna
- Hora ordinaria
- Hora extra
- Hora nocturna
- Horda dominical y/o festiva
De lo anterior se desprende otro tipo de hora de trabajo:
- Hora extra diurna
- Hora extra nocturna
- Hora extra dominical y/o festiva
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